Página informativa específica para la reclamación del complemento de pensión frente al INSS. Si te han reconocido una pensión y crees que te corresponde el complemento de maternidad por aportación demográfica o el actual complemento para la reducción de la brecha de género, aquí tienes una guía clara sobre quién puede reclamar, cómo se hace, qué plazos hay y qué coste tiene.
En la práctica, muchas personas buscan esta materia como complemento de maternidad, complemento de paternidad o plus de maternidad en la pensión. Jurídicamente, hoy hay que distinguir dos escenarios distintos.
Se refiere al complemento ligado a pensiones contributivas causadas desde 1 de enero de 2016. Tras la evolución jurisprudencial, muchos pensionistas varones han conseguido su reconocimiento cuando el INSS lo había denegado.
Es el supuesto más frecuente cuando se revisan pensiones ya reconocidas con anterioridad a febrero de 2021 y se reclama el porcentaje adicional, los atrasos y, en ciertos casos, una indemnización añadida.
Es la redacción actual del artículo 60 LGSS. También puede dar lugar a reclamación cuando la pensión se reconoció a partir de 2021 y el complemento fue denegado al padre aplicando requisitos adicionales que la jurisprudencia ha ido corrigiendo.
La revisión correcta exige ver fecha de la pensión, tipo de pensión, número de hijos y resolución exacta del INSS.
Esta reclamación, con carácter general, no va por la vía contencioso-administrativa. La secuencia ordinaria es reclamación previa ante la entidad gestora y, si no estima, demanda ante el Juzgado de lo Social.
Se estudia la pensión, la fecha de efectos, el tipo de complemento aplicable y la resolución concreta del INSS. Aquí se decide si la reclamación es viable y qué debe pedirse exactamente.
La reclamación previa debe presentarse en el plazo ordinario de 30 días desde la notificación de la resolución expresa o desde el momento en que el silencio administrativo permita entenderla denegada.
El INSS dispone de 45 días para contestar. Si no responde, la reclamación se entiende desestimada por silencio.
Si la reclamación previa es desestimada, la demanda debe formularse en el plazo de 30 días ante el Juzgado de lo Social.
En la demanda se puede reclamar el complemento, los atrasos y, cuando proceda, la indemnización adicional que la jurisprudencia ha venido reconociendo.
La jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo ha consolidado como criterio de homogeneidad una indemnización de 1.800 euros en los supuestos en los que el INSS denegó indebidamente el complemento y obligó al pensionista a acudir a la vía judicial.
Ahora bien, no debe presentarse como automática en cualquier caso: hay que revisar si realmente existió denegación, si se siguieron correctamente los plazos y si la pretensión indemnizatoria fue planteada de forma adecuada.
La doctrina más reciente ha reforzado que el complemento para la reducción de la brecha de género no puede denegarse al varón por imponerle condiciones adicionales incompatibles con el principio de igualdad.
Por eso es especialmente importante revisar resoluciones denegatorias de 2021 en adelante, porque no todos los rechazos administrativos se sostienen hoy judicialmente.
La idea de este servicio es que puedas revisar tu pensión y reclamar con un coste de entrada reducido, sin convertir la reclamación en un problema económico añadido.
Importe inicial para revisar la resolución, preparar la estrategia y redactar la reclamación previa cuando proceda.
Sobre las cantidades efectivamente conseguidas, una vez presentada la reclamación previa y, en su caso, la demanda judicial.
Cuéntame tu caso en dos líneas y te indicamos rápidamente si merece la pena iniciar la reclamación del complemento de maternidad o paternidad, qué documentación hace falta y cuáles serían los siguientes pasos.